Desde nuestro despacho de abogados de Zaragoza, podemos ayudarle con todo tipo de procedimientos relacionados con proveer de apoyos a las personas con discapacidad.
Es muy importante saber que ha habido cambios legislativos cruciales para este tipo de situaciones, que es necesario conocer.
La Nueva Ley 8/2021: Un cambio en el enfoque del apoyo a la discapacidad
El día 3 de septiembre de 2021, entró en vigor la Ley 8/2021 para la reforma de la legislación civil y procesal, destinada a garantizar el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica.
Esta modificación se realizó en cumplimiento de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, y representa un cambio integral que afecta a diversas leyes.
Objetivo de la Ley 8/2021
El propósito principal de esta nueva legislación es garantizar que las personas con discapacidad puedan ejercer sus derechos de manera plena, respetando siempre su voluntad. Esto implica que sean ellas mismas quienes tomen las decisiones que las afecten, con los apoyos necesarios.
Cambios Clave Introducidos por la Ley 8/2021
El principal cambio radica en la eliminación del proceso de incapacitación judicial, que anteriormente privaba a las personas con discapacidad de su capacidad jurídica. Ahora, el objetivo es proporcionar los apoyos necesarios para que puedan participar plenamente en la toma de decisiones.
Prioridad de las medidas voluntarias
Entre las novedades, se destacan las medidas voluntarias, que permiten a la persona con discapacidad anticiparse y decidir las disposiciones que la afectarán en el futuro. Esto resulta especialmente útil en casos de enfermedades degenerativas como la demencia senil.
Eliminación de la tutela en el ámbito de la discapacidad
Aunque la tutela se elimina en la legislación general, en Aragón sigue vigente debido a la falta de reformas en la normativa autonómica.
La nueva ley contempla cuatro tipos principales de medidas de apoyo para las personas con discapacidad:
- Medidas voluntarias:
Disposiciones establecidas por la persona con discapacidad de forma anticipada. - Guarda de hecho:
Apoyo informal ejercido por una persona que ya estaba desempeñando este rol adecuadamente. - Curatela:
Una medida formal para quienes requieren apoyo continuo. La extensión de la curatela se define en función de las necesidades de la persona y mediante resolución judicial. - Defensor judicial:
Nombramiento ocasional para casos en los que el apoyo sea necesario de manera puntual o recurrente.
Cambios Procesales en los Procedimientos de Apoyo
Una de las principales novedades es la preferencia por la jurisdicción voluntaria, lo que simplifica y acelera el proceso. Este procedimiento se divide en dos fases principales:
- Fase de solicitud de medidas de apoyo:
En esta fase escrita, se presentan documentos como informes sanitarios y pruebas que justifiquen la necesidad de apoyo. - Fase de comparecencia:
Se explica a la persona con discapacidad las opciones de apoyo disponibles. Dependiendo de la oposición, el proceso puede concluir con un auto judicial o dar paso a un procedimiento ordinario.
Novedades en el procedimiento
- Si el proceso es solicitado por la persona con discapacidad, no es obligatorio realizar audiencias preceptivas.
- Cualquier persona con interés legítimo puede intervenir en el procedimiento.
Duración y Revisión de las Medidas de Apoyo
Todas las medidas de apoyo adoptadas judicialmente deben ser revisadas de manera periódica, con los siguientes plazos máximos:
- Tres años: Revisión estándar.
- Seis años: En casos excepcionales, según lo determine el juez.
Desde la entrada en vigor de la Ley 8/2021, la privación de derechos de las personas con discapacidad quedó sin efecto. Todas las disposiciones adoptadas bajo la normativa anterior pueden ser revisadas y adaptadas a los principios de la nueva ley.
La Ley 8/2021 marca un avance significativo en el respeto y la protección de los derechos de las personas con discapacidad. Este nuevo enfoque no solo promueve su autonomía, sino que también garantiza que cuenten con los apoyos necesarios para participar plenamente en la sociedad.